Embargo Secuestro Deuda Abogado Caracas Venezuela

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Author : GUIDO PADILLA
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Descripción

Embargo de Bienes del Deudor

1. Forma de la deuda: Debes demostrar que tienes un acuerdo o contrato con la otra parte. Si el acuerdo es por escrito, es fácil de probar la deuda.

Si no tiene un acuerdo por escrito, deberá demostrar que el acuerdo fue verbal o por medios electrónicos. Aquí serán muy importantes las pruebas que obtenga, dado que ellas demostrarán o acreditarán la existencia de la deuda. Por ejemplo, pueden servir como pruebas: las constancias de los depósitos o transferencias bancarias, correos electrónicos, facturas, cartas, etc.

2. Incumplimiento: Debes demostrar que la parte a quien demandarás no cumplió con sus obligaciones pactadas. Por ejemplo, si en un contrato de prestación de servicios, el contratista cumplió con los términos del contrato y, a pesar de ello, la otra parte no le pagó, entonces el contratista puede demandar a la contra parte por incumplimiento de contrato.

3. Daños y perjuicios: Debes demostrar que sufriste una pérdida económica como resultado del incumplimiento del contrato de la otra parte.

4. Deuda cuantificable: La deuda que pretendes reclamar por vía judicial debe ser un monto que se pueda determinar o cuantificar en términos económicos.
 

¿Hay alguna alternativa?

Incluso si decides que tu caso tiene sustento, no te apresures a ir al Poder Judicial para presentar una demanda. Primero, piense en formas de resolver tu disputa fuera de los tribunales.

Llama a tu Abogado de Confianza al 58 412 3826856 y consulta sin compromiso.